Territorio

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Actualmente, en la Patagonia hay más de 50 conflictos por reclamos de tierras públicas materializados a través de ocupaciones, tomas y usurpaciones violentas en predios del Estado Nacional bajo jurisdicción de Parques Nacionales y del Ejército Argentino.

En el caso de Bariloche y de las tierras del Estado Nacional que desde 1937 están bajo custodia del Ejército, los conflictos por la propiedad son los siguientes:

Lof  Huala Hue

Origen: María Isabel Huala, madre de Facundo Jones Huala, residió durante años en el barrio 169 Viviendas. A comienzos de 2017 se instaló -junto a dos familias- en las tierras del Ejército ubicadas sobre la ruta 79 (que une Puerto Moreno con Colonia Suiza). No tiene personería jurídica inscripta ni en Registro de Comunidades Indígenas ni en el organismo provincial CO.DE.CI.

Reclamo: La comunidad reclama un total de 411 hectáreas (parcela Q) que se superponen con las tierras que ocupa la comunidad Tambo Baez. Los ocupantes tienen una causa penal por usurpación iniciada por el Estado Nacional – Ejército Argentino en el año 2017.

Afectación: acceso al cerro Goye y Agrupación. Senderismo, trekking, ciclismo, escalada de montaña.

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Lof Tambo Baéz

Origen: Hace 70 años, el suboficial Pedro Báez fue destinado a tareas en el tambo ubicado en el lote pastoril 94, Colonia Agrícola Nahuel Huapi, en jurisdicción del Ejército Argentino. La comunidad no tiene personería jurídica inscripta en Registro de Comunidades Indígenas ni tampoco en el organismo provincial.

Reclamo: En la actualidad, los nietos del suboficial Báez reclaman la propiedad de esas tierras como si fueran una comunidad mapuche. Este reclamo se superpone con el de la comunidad Lof Robles, que también se presenta como descendiente de Pedro Báez y alega ocupación tradicional. Se trata de una superficie de 512 ha (parcela R).

Afectación: Acceso al refugio Jakob. Senderismo, escalada de montaña, esquí de travesía, trekking.

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Lof Millalonco Ranquehue

Origen: En octubre del 2020 el Ejército recibió una denuncia de un vecino por tala ilegal en tierras que están bajo su jurisdicción. Intervino la Justicia y en el expediente el INAI informó que en las tierras ocupadas por la Comunidad Mapuche Lof Ranquehe, inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Renaci) mediante la Resolución Nº 25 de 2003, se efectivizó el relevamiento territorial conforme a la ley 26.160, mediante Resolución INAI Nº1174 del 2012, donde “se reconoció a la Comunidad la ocupación actual, tradicional y pública de la superficie georreferenciada por la mensura realizada en 2009, que forma parte del expediente”. Y consigna que Catastro Municipal de Bariloche “aprobó la mensura el día 29 de octubre de 2010”. La comunidad vive allí desde fines del siglo XIX, siempre había tenido una convivencia pacífica con el Ejército, que no estaba al tanto del reclamo por la propiedad.

Reclamo: La Comunidad reclama partes de las Parcelas A, B y G (que también son reclamadas por las comunidades Tripay Antu y Lof Quijada). En febrero del 2020 la comunidad interpuso acción de amparo pidiendo al Estado Nacional le otorgue la propiedad comunitaria y escritura pública de dichas tierras. El juicio se encuentra en etapa de prueba (no hay sentencia).

Afectación: Acceso al cerro Otto. Senderismo, motocross, escalada, running.

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Lof Che José Celestino Quijada

Origen: Filomena Quijada Rioseco venía de algún lugar del oeste de la Cordillera de los Andes. Antes de 1916 cruza la cordillera y llega a la comunidad de El Manso (Río Negro, Argentina). Tiene un hijo, José Celestino Quijada. La Comunidad ha registrado su personería jurídica bajo el N°37/12, resolución 285 de la Inspección General de Personas Jurídicas de la prov. de Río Negro y tiene en trámite su inscripción en el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CO.DE.CI). El 14/05/21 el INAI reconoció mediante la res. 43/21 la ocupación de la comunidad sobre 304 hectáreas en la ladera sur del Cerro Otto.

Reclamo: La comunidad reclama parte de las parcelas G y H afectando el derecho de Arelauquen y el Municipio de Bariloche. La Municipalidad se presentó en el expediente administrativo interponiendo recurso de alzada pidiendo la nulidad de la resolución 43/21. Arelauquen pidió la misma nulidad. Lof Quijada inició demanda judicial contra el Estado Nacional y Arelauquen reclamando titularidad y escritura de las tierras reconocidas por INAI. En junio del 2021 la Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar interpuesta y ordenó a Arelauquen que otorgue servidumbre de paso para garantizar el tránsito de la comunidad. El Ejército Argentino inició demanda de reivindicación contra la Comunidad Quijada en abril del 2021.

Afectación: Acceso al cerro Otto. Esquí de fondo (pista nórdica), esquí de travesía, esquí alpino (Piedras Blancas), alpinismo, escalada, trekking, senderismo, biatlón, ciclismo, running.

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Lof Tripay Antu

Origen: La comunidad declara ocupar ancestralmente las tierras que se encuentran localizadas en la ladera noroeste del Cerro Otto, Virgen de las Nieves. Relata que en febrero de 2001 interpuso el reclamo administrativo No 40-00274/2001 (luego ampliado en diciembre de 2001) ante el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de que se otorgue la Escritura Pública traslativa de dominio de sus tierras ancestrales. En 2015, Lof Tripay Antu interpuso ante el Poder Judicial de la Nación una acción de amparo por mora que tramitó por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal No 10. Tiene personería jurídica desde 1998.

Reclamo: La comunidad reclama 170 hectáreas ubicadas en el paraje Virgen de las Nieves (parcelas A y B). En mayo de 2018 la Justicia Federal ordenó al Poder Ejecutivo Nacional transferir el dominio de las tierras fiscales a la comunidad lof Tripay Antú dándole un plazo de 60 días para otorgar escritura pública. En noviembre de ese año la Cámara Federal revocó la sentencia argumentando que el trámite procesal fue defectuoso porque se omitió otorgarle participación a la Provincia de Río Negro, jurisdicción donde se asientan las tierras, y el fallo quedó anulado. Actualmente el juicio está en la Corte Suprema esperando se dicte un nuevo fallo.

Afectación: Acceso al cerro Otto. Senderismo, running, ciclismo, escalada de palestra, moto cross, biatlón, etc.

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Lof Che Carriqueo

Origen: Tiene trámite iniciado ante el INAI pero hasta la fecha no tiene personería jurídica inscripta.

Reclamo: La comunidad reclama dos hectáreas. En el año 1998 se inició juicio de desalojo contra el ocupante irregular Erasmo Altamirano con sentencia favorable que fue suspendida por la Ley 26.160 que declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias suspendiendo la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras por haber iniciado los trámites para ser reconocido como comunidad Lof Che Carriqueo.

Actividades: Senderismo, running, ciclismo.